Suficiencia

Procedimiento para la aprobación de cursos por suficiencia

Según el Reglamento de Estudio Independiente de la UCR (Artículo 3), se considera que un individuo tiene suficiencia en relación con un curso específico cuando posee las capacidades y aptitudes en los campos cognoscitivo, afectivo y psicomotor, correspondientes a los objetivos de ese curso. No implica la asistencia sistemática a clases, pues la suficiencia se comprueba mediante instrumentos de medición específicamente preparados para cada caso (por ejemplo, un examen o un proyecto de investigación). El costo del examen por suficiencia es equivalente a la mitad del valor total de los créditos del curso correspondiente. El estudiante con beca de asistencia o estímulo pagará el porcentaje de dicho costo, de acuerdo con su categoría de beca.

¿Cuáles son los criterios para aprobar una solicitud de suficiencia?

  • El o la estudiante deberá estar al día con sus obligaciones financieras.
  • No se puede aprobar por suficiencia un curso que haya sido matriculado.
  • El o la estudiante solo tendrá derecho a presentar un examen por suficiencia en un mismo curso.
  • Todos los cursos teóricos pueden ser aprobados por suficiencia, excepto Humanidades. El COE indicará cuáles son los cursos prácticos que pueden ser aprobados por suficiencia.
  • El o la estudiante podrá aprobar por suficiencia un máximo de 50% de los cursos de su carrera.
  • IMPORTANTE: la suficiencia solo se aprueba para cursos que se imparten en el semestre. Por ejemplo, si el curso se abre el primer semestre, solo se podrá solicitar suficiencia en ese periodo.

¿Cuál es el procedimiento para solicitar la aprobación de un curso por suficiencia?

  1. En primera instancia, el o la estudiante deberá contactar al profesor(a) del curso para exponer su caso. Si el docente está dispuesto a realizar la prueba, se procede con la solicitud (es oportuno aclarar que este trabajo no tiene remuneración económica para el docente).
  2. El o la estudiante enviará al correo coe.eccc@ucr.ac.cr una carta donde especifique la sigla y el nombre del curso que desea aprobar por suficiencia, explicando las razones de la solicitud. Además, deberá adjuntar una carta en la que el profesor(a) acepte la realización de la prueba.
  3. Si el COE aprueba la solicitud, el estudiante deberá entregar en la Oficina de Registro e Información (ORI) el formulario “Solicitud de inscripción en exámenes por suficiencia” que puede descargar en esta sección o completar en línea en el enlace http://ori.ucr.ac.cr/web_matric/form_sufic.html. IMPORTANTE: ese formulario debe ir firmado por el o la coordinadora del COE y debe llevar el sello de la ECCC. La entrega se realiza directamente en la ORI en el periodo establecido en el calendario oficial.
  4. El estudiante coordina con el docente la fecha de realización de la prueba o entrega del trabajo. Para orientar al alumno(a) con respecto a los objetivos y contenidos de un curso, el o la docente deberá entregar el programa del curso, debidamente detallado, con objetivos específicos claramente definidos que sugieran la profundidad y amplitud de los contenidos y destrezas que debe desarrollar. Además, debe incluir la bibliografía adecuada con la temática.
  5. Una vez realizada y calificada la prueba, el profesor(a) asigna la nota en el sistema, en el mismo periodo en que se entrega la calificación de los cursos regulares.
  6. La calificación mínima para aprobar un examen por suficiencia es siete (7.0).